Si eres un particular que va a adquirir una silla de ruedas eléctrica, o por el contrario, eres una tienda que suministra este tipo de vehículos de movilidad personal, este cuadro va a serte de mucha utilizar.
Ha sido publicado en la web de la Diputación Foral de Bizkaia y nos detalla el tipo de IVA aplicable en la compra de una silla de ruedas eléctrica.
IVA 4%
- Adquisición por personas con discapacidad en grado ≥ 33% certificado por el Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia. El contribuyente que realice la entrega debe conservar copia del certificado de discapacidad del comprador.
- Adquisición por centros hospitalarios o de rehabilitación , siempre que el proveedor disponga de un documento expedido por el adquirente en el que declare bajo su responsabilidad que los aparatos adquiridos serán utilizados por personas con discapacidad ≥ 33%.
- Servicios de reparación de sillas de ruedas para uso exclusivo de personas con discapacidad ≥ 33% incluidas las eléctricas.
IVA 10%
- Sillas de ruedas que por sus características objetivas sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias del hombre, con independencia de cuál sea la condición del adquirente.
Consulta vinculante 21.12.2016
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